• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 8520/2023
  • Fecha: 26/03/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar hasta dónde llegan las facultades de control del Tribunal encargado de dilucidar la legalidad de la liquidación o sanción en relación con la valoración de la prueba ilícitamente obtenida por vulneración del derecho fundamental a la inviolabilidad de domicilio, y, si estas facultades se ven de algún modo condicionadas, limitadas o mermadas en relación con la invocación de la violación del derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio cuando se ha autorizado por resolución firme la entrada en el domicilio del contribuyente.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 8324/2023
  • Fecha: 26/03/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en determinar hasta dónde llegan las facultades de control del Tribunal encargado de dilucidar la legalidad de la liquidación o sanción en relación con la valoración de la prueba ilícitamente obtenida por vulneración del derecho fundamental a la inviolabilidad de domicilio, y, si estas facultades se ven de algún modo condicionadas, limitadas o mermadas en relación con la invocación de la violación del derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio cuando se ha autorizado por resolución firme la entrada en el domicilio del contribuyente.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 980/2025
  • Fecha: 26/03/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si en los supuestos de derivación de responsabilidad a los miembros de una Junta de Gobierno de una Asociación, su responsabilidad ha de ser solidaria o mancomunada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 9517/2024
  • Fecha: 26/03/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en (i) interpretar los artículos 13.2, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública (LFEP), y 3.2 del Reglamento (CE) nº 1185/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a las estadísticas de plaguicidas, al amparo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTAIBG), a fin de determinar si el secreto estadístico justifica la denegación de una petición de acceso a información pública referida a productos fitosanitarios por existir la posibilidad teórica de identificar a la unidad estadística; (ii) Determinar si la aplicación del secreto estadístico del artículo 13.2 LFEP es una potestad discrecional de la Administración y, en caso afirmativo, si el ejercicio de dicha potestad para denegar el acceso a una información pública exige previamente ponderar su aplicación con arreglo a los artículos 14.1 y 14.2 LTAIBG.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LUIS MARIA DIEZ-PICAZO GIMENEZ
  • Nº Recurso: 6058/2024
  • Fecha: 26/03/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si un miembro de la Carrera Fiscal con la categoría de Abogado Fiscal puede percibir el sueldo, como retribución básica, de Fiscal cuando se encuentra destinado en plaza correspondiente a esta última categoría y si, a efectos de dar respuesta a la anterior cuestión, puede tener alguna incidencia la circunstancia de que el desempeño de ese destino conlleve el desarrollo de labores de coordinación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: LUIS CARLOS MARTIN OSANTE
  • Nº Recurso: 496/2021
  • Fecha: 25/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala indica que se deben compartir las consideraciones de la sentencia apelada sobre la exigencia de algo más que la justificación del envío de remesas al país de origen a la hora de concluir que concurre el requisito legal de estar "a cargo" en el país de origen. En definitiva, no puede considerarse el envío de dinero como el único elemento que demuestre la dependencia económica de la solicitante de la tarjeta de residencia temporal de familiar de ciudadano de la Unión Europea. En cuanto a la valoración de las pruebas, la única cuestión que se puede matizar de la sentencia apelada es la referencia al salario mínimo de 800 € en Nicaragua, que efectivamente parece excesivo, pero el resto de consideraciones son acertadas, y se deben dar por reproducidas. Fundamentalmente porque los envíos son escasos y no todos van al solicitante.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 3800/2023
  • Fecha: 24/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestimó el recurso contencioso-administrativo frente a resoluciones de liquidación provisional dictadas por la Unidad de Gestión de Grandes Empresas de Madrid como consecuencia de las solicitudes de devolución por el concepto del Impuesto sobre la Renta de No Residentes [«IRNR»] sin establecimiento permanente. Frente a la mencionada sentencia se presentó recurso de casación que ha sido estimado. La Sala concluye que la legislación del Reino de España infringe la libertad de circulación de capitales al establecer un tratamiento diferenciado no justificado entre FIL residentes y FIL no residentes en situaciones comparables, ya que reserva a los FIL residentes un tratamiento fiscal significativamente más favorable, con tributación al tipo de gravamen del 1 %, en tanto los FIL no residentes tributan al tipo impositivo del 19%, o al que pueda establecer el CDI que en este caso es del 15%, cuando en ambos casos, FIL residentes y no residentes, al percibir rentas consistentes en dividendos de sociedades residentes, incurren en una manifestación de capacidad económica idéntica, que gravan tanto el Impuesto de Sociedades como el Impuesto sobre la Renta de los No residentes.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: EMILIO MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 273/2021
  • Fecha: 24/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Para la Sala la justificación documental es insuficiente para probar la dependencia económica de la hija del recurrente porque los envíos documentados son escasos y lejanos en el tiempo respecto a la entrada en España del demandante (la resolución impugnada expone que «los 3 envíos de dinero más recientes que se acreditan resultan ser de octubre de 2015 por valor de 42'47 euros, de diciembre de 2016 por valor de 45 euros y de enero de 2017 por valor de 45 euros, cuando la entrada en España no se produce hasta febrero de 2019, más de 2 años después») Además, hay que destacar la falta de acreditación de las circunstancias sociales, laborales y retributivas del actor, en activo y ya jubilado, durante su estancia en Venezuela.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Logroño
  • Ponente: MONICA MATUTE LOZANO
  • Nº Recurso: 110/2024
  • Fecha: 24/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No es controvertido que el Tribunal nombrado para el proceso selectivo no cumplía con las exigencias de paridad, indiscutibles legalmente y ni el expediente ni en la resolución recurrida se contienen unas razones que por su cualificación permitan excepcionar el cumplimiento del principio y el mandato de la paridad. Y tampoco sirve, para sortearlo, acudir a las eventuales combinaciones de los miembros nombrados (titulares y suplentes), en la conformación del tribunal en los actos cuya presencia sea requerida a lo largo del proceso selectivo. Bajo la denominación "aspirantes o terceros de buena fe en los procesos selectivos" la jurisprudencia se refiere a quienes han superado un proceso selectivo y obtenido plaza, proceso que posteriormente, y a instancia de un tercero, se anula mediante sentencia firme.- En estos supuestos no debe verse afectada la situación de quienes fueron nombrados en su día porque así lo exigen razones de buena fe, de confianza legítima, de seguridad jurídica y de equidad. La invalidez del proceso selectivo es imputable exclusivamente a la Administración, por lo que los aspirantes que lograron el nombramiento son ajenos a ellas, de ahí su buena fe.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: ELSA PUIG MUÑOZ
  • Nº Recurso: 1486/2024
  • Fecha: 20/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se deniega al no acreditar convivencia con la pareja de hecho. La recurrente alega que vivió con él, cinco años y tuvieron un hijo. La Sala indica que la cuestión a analizar es la relativa a si el extranjero que ha sido pareja de hecho no inscrita con un ciudadano de la UE que obtuvo una tarjeta inicial como familiar de ciudadano de la UE y que, además, tiene un hijo común menor de edad del que tiene de forma exclusiva su guarda y custodia, menor que, al ser hijo de ciudadano español, adquiere la nacionalidad española desde su nacimiento, tiene derecho a una tarjeta permanente cuanto esa pareja de hecho -no registrada- deja de convivir. Y la Sala considera que se debe reconocer esta renovación, por coherencia del sistema, no discriminación para las parejas de hecho no inscritas y protección del hijo menor de edad.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.